Me han concedido el Kit Digital: qué hacer ahora
La concesión no es el final, es el principio de la parte que más expedientes pierde. Esto es lo que toca hacer y en qué orden.
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Llega la resolución, pone que sí, y entonces empieza lo que nadie te ha explicado. De hecho, la mayoría de bonos que se pierden no se pierden en la solicitud: se pierden después, por no moverse a tiempo.
Lo primero: el dinero no es tuyo todavía
La concesión no te ingresa nada. Lo que tienes es un crédito a tu nombre que solo se materializa cuando contratas una solución a un agente digitalizador adherido y Red.es le paga a él.
Si no lo gastas dentro del plazo, no lo cobras, no se acumula y no se puede pedir otra vez. Simplemente caduca.
Los cuatro pasos, en orden
- 1. Comprobar qué te han concedido. Importe total y, si la convocatoria lo fija, qué parte está ligada a categorías concretas.
- 2. Decidir en qué lo gastas. No tiene que ir todo a una categoría: se puede repartir mientras cada una cumpla sus requisitos.
- 3. Elegir agente digitalizador del catálogo oficial y firmar el acuerdo de prestación de soluciones.
- 4. Que se implante y se justifique. El agente presenta la justificación; tú tienes que validar que lo entregado es lo acordado.
El paso 3 es donde se atasca casi todo el mundo
Entre la concesión y la firma del acuerdo pasan semanas en las que no hay nadie detrás metiendo prisa. Es el momento en que el expediente se queda en un cajón, y el plazo corre igual.
Los plazos que empiezan a correr
Dependen de la convocatoria, así que el dato exacto está en tu resolución. Pero hay tres relojes que aparecen siempre:
| Reloj | Desde cuándo | Qué pasa si se pasa |
|---|---|---|
| Plazo para formalizar acuerdos | Desde la concesión | El bono caduca sin consumir |
| Plazo de implantación | Desde la firma del acuerdo | No se puede justificar |
| Periodo de prestación | Desde la implantación | Procede reintegro si no se mantiene |
Los tenemos todos desmenuzados en la guía de plazos.
Lo que conviene mirar antes de firmar nada
- Que el agente esté en el catálogo oficial. Si no lo está, no puede cobrar el bono.
- Qué pasa con las licencias cuando acabe el periodo de prestación, y a qué precio.
- Que el dominio, la web y los perfiles queden a tu nombre.
- Qué incluye exactamente el acuerdo. Lo que no esté escrito, no existe.
Las seis preguntas que separan a un buen agente de uno que solo quiere facturar están en cómo comparar agentes digitalizadores.
¿Y si ya se me ha pasado el plazo?
Depende de cuál. Si lo que ha vencido es el plazo para formalizar acuerdos, el bono se pierde y no hay recurso que lo recupere: no es una denegación, es una caducidad.
Si lo que falla es la justificación, sí puede haber margen, porque suele existir un trámite de subsanación con su propio plazo. Lo contamos en cómo justificar el Kit Digital.
Si tienes un bono concedido y no sabes en qué punto está, escríbenos con tu referencia: lo miramos y te decimos qué plazos te corren. Sin coste.
