Beneficiarios Plazos · · 7 min de lectura

Me han concedido el Kit Digital: qué hacer ahora

La concesión no es el final, es el principio de la parte que más expedientes pierde. Esto es lo que toca hacer y en qué orden.

1200 × 630 Persona leyendo una resolución oficial en el ordenador, con cara de no saber qué viene después. Idea: la concesión como punto de partida. assets/img/blog/kit-digital-concedido-que-hacer.jpg

Llega la resolución, pone que sí, y entonces empieza lo que nadie te ha explicado. De hecho, la mayoría de bonos que se pierden no se pierden en la solicitud: se pierden después, por no moverse a tiempo.

Lo primero: el dinero no es tuyo todavía

La concesión no te ingresa nada. Lo que tienes es un crédito a tu nombre que solo se materializa cuando contratas una solución a un agente digitalizador adherido y Red.es le paga a él.

Si no lo gastas dentro del plazo, no lo cobras, no se acumula y no se puede pedir otra vez. Simplemente caduca.

Los cuatro pasos, en orden

  • 1. Comprobar qué te han concedido. Importe total y, si la convocatoria lo fija, qué parte está ligada a categorías concretas.
  • 2. Decidir en qué lo gastas. No tiene que ir todo a una categoría: se puede repartir mientras cada una cumpla sus requisitos.
  • 3. Elegir agente digitalizador del catálogo oficial y firmar el acuerdo de prestación de soluciones.
  • 4. Que se implante y se justifique. El agente presenta la justificación; tú tienes que validar que lo entregado es lo acordado.

El paso 3 es donde se atasca casi todo el mundo
Entre la concesión y la firma del acuerdo pasan semanas en las que no hay nadie detrás metiendo prisa. Es el momento en que el expediente se queda en un cajón, y el plazo corre igual.

Los plazos que empiezan a correr

Dependen de la convocatoria, así que el dato exacto está en tu resolución. Pero hay tres relojes que aparecen siempre:

RelojDesde cuándoQué pasa si se pasa
Plazo para formalizar acuerdosDesde la concesiónEl bono caduca sin consumir
Plazo de implantaciónDesde la firma del acuerdoNo se puede justificar
Periodo de prestaciónDesde la implantaciónProcede reintegro si no se mantiene

Los tenemos todos desmenuzados en la guía de plazos.

Lo que conviene mirar antes de firmar nada

  • Que el agente esté en el catálogo oficial. Si no lo está, no puede cobrar el bono.
  • Qué pasa con las licencias cuando acabe el periodo de prestación, y a qué precio.
  • Que el dominio, la web y los perfiles queden a tu nombre.
  • Qué incluye exactamente el acuerdo. Lo que no esté escrito, no existe.

Las seis preguntas que separan a un buen agente de uno que solo quiere facturar están en cómo comparar agentes digitalizadores.

¿Y si ya se me ha pasado el plazo?

Depende de cuál. Si lo que ha vencido es el plazo para formalizar acuerdos, el bono se pierde y no hay recurso que lo recupere: no es una denegación, es una caducidad.

Si lo que falla es la justificación, sí puede haber margen, porque suele existir un trámite de subsanación con su propio plazo. Lo contamos en cómo justificar el Kit Digital.

Si tienes un bono concedido y no sabes en qué punto está, escríbenos con tu referencia: lo miramos y te decimos qué plazos te corren. Sin coste.

¿Por qué pedirlo con nosotros y no por tu cuenta?

Puedes hacerlo tú solo: es tu derecho y el trámite es público. Pero el proceso oficial tiene partes que atascan a mucha gente.

Por tu cuenta

  • Necesitas certificado digital o Cl@ve para firmar en la sede electrónica.
  • Tienes que pedir tú los certificados de Hacienda y Seguridad Social.
  • Hay que darse de alta en Acelera pyme y completar el test de diagnóstico.
  • Si el cargo que firma no está bien acreditado, la solicitud decae.
  • Si piden subsanación tienes 10 días hábiles y nadie te avisa.

Con kitdigital.dev

  • Rellenas un formulario con los datos de tu negocio. Nada más.
  • Los certificados los pedimos nosotros con tu autorización.
  • El alta y el test los hacemos nosotros.
  • Preparamos el modelo de representación que toca según tu cargo.
  • Vigilamos los plazos y te avisamos el mismo día si hay subsanación.

Sin coste para ti.
No cobramos por gestionar el trámite. Nuestro trabajo se retribuye dentro del programa, del lado de las soluciones que se implantan, nunca cobrándote a ti una comisión sobre la ayuda.

Y lo ves todo: desde que abrimos el expediente tienes acceso a un panel donde sigues cada paso, con las fechas reales y lo que falta en cada momento.

¿Quieres que lo veamos con tus datos?

Te decimos qué te corresponde y nos ocupamos del trámite. Sin coste para ti.

Te contestamos en horario laboral. La gestión del trámite no tiene coste para ti.